Desde el 1 de julio de 2009 los españoles pueden
elegir la compañía que les proporcionará el suministro eléctrico. Aun habiendo
pasado ya más de dos años desde que este hecho se produjo, el consumidor medio
español suele desconocer qué tarifas puede contratar y cuáles son las características
del contrato eléctrico. Vamos pues a destacar algunos de los puntos que
deberíamos tener al respecto.
Lo principal es saber elegir la compañía que más se adecue a
nuestras necesidades. Todos aquellos usuarios que tengan una potencia
contratada inferior o igual a 10 kw no necesitan hacer ningún cambio ya que
pode defecto se les asignó siempre la compañía que tuviesen antes de la
liberalización de las tarifas. Este rango de potencia engloba a la mayoría de
usuarios domésticos, los cuales ahora pueden cambiar de compañía distribuidora sin problema. Para saber el consumo medio
qué tenemos tan sólo tenemos que ojear nuestras últimas facturas o ponernos en
contacto con la compañía que nos proporcione el suministro eléctrico.
No hay que tener miedo a
realizar este cambio, ya que en muchos casos nos beneficiará. En este sector
ocurre ya igual que en otros como la telefonía o el ADSL, los usuarios se
informan de las tarifas disponibles y eligen la que más les convenga. Para
averiguar qué compañías eléctricas o
empresas comercializadoras podemos contratar, los usuarios pueden consultar la
web de la Comisión Nacional de laEnergía.
Un aspecto muy a tener en
cuenta es el bono social, que consiste en una tarifa reducida que pueden
solicitar usuarios con un consumo inferior a 3 kw, jubilados mayores de 60 años
que cobren pensiones mínimas, así como también familias numerosas o aquellos
hogares que cuenten con todos sus miembros en paro. Eso sí, esta tarifa sólo
será aplicable en viviendas que sean primera residencia.

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